¿Deseas invertir en Propiedad Raíz o en un Negocio en Estados Unidos y no puedes viajar?

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¿Deseas invertir en Propiedad Raíz o en un Negocio en Estados Unidos y no puedes viajar?

DATOS IMPORTANTES ACERCA DE LAS VISAS DE NEGOCIOS EN USA (No-Inmigrante), YA SEA ADQUIRIENDO PROPIEDADES O COMPRANDO UN NEGOCIO YA ESTABLECIDO:

  • La Ley de Inmigración clasifica las visas alfabéticamente, de acuerdo a factores, como propósito del viaje. calificaciones del aplicante, tipo de actividad desempeñada, entre otros.
  • Las Visas de no-inmigrante aplican a individuos que no intentan residir permanentemente en los Estados Unidos, pero desean permanecer dentro del país por un periodo extendido de tiempo.
  • La mayoría de visas de no-inmigrante autorizan al aplicante a permanecer de 30 días a 5 años o más dependiendo del tipo de visa.
  • Brindan la oportunidad al aplicante y su familia de poder vivir, trabajar, estudiar y/o hacer negocios en USA. mientras disfrutan de los beneficios de su inversión o de sus actividades de intercambio comercial.
  • Con el cumplimiento de los requisitos de ley exigidos, la visa de no-inmigrante puede llegar a convertirse en Residencia Permanente.

PORQUE APLICAR A UNA VISA DE NEGOCIOS EN LOS ESTADOS UNIDOS

  • Estados Unidos es un mercado muy atractivo para los empresarios en búsqueda de oportunidades de negocios y cada día son más las personas y empresas que desean realizar negocios con los EEUU.
  • Existen lazos comerciales cordiales entre los Estados Unidos y gran parte de los países in Latín Latinoamérica.
  • Latín América es actualmente el socio de comercio bilateral con Estados Unidos es actualmente el principal socio comercial de Latín América, reportando un crecimiento constante.
  • Estados Unidos ocupa lugar de preferencia de viaje e inversión para un gran porcentaje de Latinoamericanos, con altos números de movilización de personas por año.
  • El dólar americano ha demostrado presencia dominante en los mercados internacionales, consolidándose como la moneda general de intercambio y ahorro a nivel mundial.
  • Realizar negocios e inversiones inteligentes en los Estados Unidos prometen un retorno estable, con crecimiento periódico y constante.

VISAS DE NEGOCIOS PARA INVERSIONISTAS, IMPORTADORES Y EXPORTADORES
Disponibles para países que poseen Tratado de Comercio y Navegación con USA

  • Tratados de Comercio y Navegación entre Los Estados Unidos y otros países, permiten la consecución de beneficios en materia de Visas de Negocios y proyección de su empresa a nivel internacional para los empresarios e inversionistas,
  • Otorgan Visas de Negocios E1/E2 basadas en Importaciones y Exportaciones de Servicios, Productos o Tecnología a los Estados Unidos.
  • Permiten a los empresarios y su familia vivir, trabajar, estudiar y/o crecer su negocio en los Estados Unidos
  • Curiosamente, este tipo de visa es poco utilizada o conocida por los empresarios, se compara a una visa de turismo, con la gran diferencia que beneficia al empresario, esposa e hijos menores de 21 años.
  • Con la asesoría legal necesaria los empresarios e inversionistas pueden calificar para este benéfico estatus con las condiciones actuales de su negocio.
    – VISA DE INTERCAMBIO COMMERCIAL (E-1)
    -VISA DE INVERSIONISTA (E-2)
    – VISA DE INTERCAMBIO COMMERCIAL (E-1)
    La Visa de Intercambio Comercial ofrece una excelente oportunidad para empresarios importadores/exportadores y sus familias vivir y trabajar en los Estados Unidos, mientras disfrutan del beneficio financiero de sus actividades de intercambio comercial.
    – Visa disponible para personas o empresas que tienen negocios de intercambio substancial de productos, servicios o tecnología con los Estados Unidos.
    – Aplica a importadores y exportadores.
    – El Intercambio Comercial debe ser principalmente entre US y el país de origen del solicitante.
    – El Intercambio puede ser con empresas en Estados Unidos o a través de negociaciones con representantes de empresas americanas en el país de origen.
    – Aplica para el dueño del negocio o para empleados en una posición ejecutiva o de supervisión.
    – Una vez aprobada la Visa de Intercambio Comercial (E-1) puede ser renovada indefinidamente, siempre que se mantengan las actividades de intercambio comercial.
    – La renovación de la visa puede ser realizada por parte del Servicio de Inmigración de los Estados Unidos o la Embajada Americana en el país de origen.
    – Se recomienda realizar la aplicación a la Visa en el consulado, el tiempo para el procesamiento puede variar de 2 días a varios meses dependiendo de la complejidad de la aplicación y la disponibilidad de citas por parte de la sección consular.
    – La Visa E-1 permite al beneficiario estar activamente empleado en la compañía en los Estados Unidos. Puede percibir salario y/o recibir dividendos o percibir beneficios similares a los de un trabajador americano.
    – La Visa E-1 incluye a esposa(o) e hijos menores de 21 años.
    – Esposa(o) acompañante está permitido a trabajar en USA. Los hijos menores no están autorizados a trabajar.

Listas de Países pertenecientes al Intercambio Comercial (E-1) –
(Actualizada en abril, 1999):

  • Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brunei (Borneo), Canadá, China (Taiwán), Colombia, Costa Rica, Dinamarca, Estonia, Etiopia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Honduras, Irán, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Corea, Liberia, Luxemburgo, México, Holanda (Países Bajos), Noruega, Omán, Pakistán, Paraguay, Filipinas, España, Surinam, Suecia, Suiza, Tailandia, Togo, Turquía, Reino Unido y Yugoslavia.
  • VISA DE INVERSIONISTA (E-2)
    La Visa de Inversionista ofrece excelentes oportunidades para inversionistas y su familia vivir y trabajar en los Estados Unidos, mientras disfrutan los potenciales frutos financieros de su inversión. 
    – La Visa de Inversionista permite a extranjeros entrar a los Estados Unidos con el propósito de dirigir y desarrollar una inversión sustancial realizada en un negocio en USA.
    – En virtud de diversos Tratados recíprocos de Comercio y Navegación entre los Estados Unidos y ciertos países extranjeros, los inversionistas extranjeros pueden calificar para la Visa de Inversionista / E-2.
    – La Visa de Inversionista E-2 aplica a extranjeros que invierten o van a invertir una cantidad considerable en un negocio en los Estados Unidos y cuya presencia es necesaria para dirigir y desarrollar dicho negocio.
    – La inversión debe ser substancial, y real. Inversiones especulativas no califican.
    – El inversionista debe tener control de los fondos monetarios de la inversión y demostrar solvencia económica suficiente para su sostenimiento además de la inversión.
    – Esta visa requiere al inversionista ser dueño del negocio, ya sea como propietario individual o socio mayoritario, NO es requerimiento que un residente o ciudadano americano posea cualquier interés en la inversión.
    – Aplica para el dueño del negocio o para empleados en una posición ejecutiva o de supervisión.
    – Una vez aprobada la Visa de Inversionista (E-2) puede ser renovada indefinidamente, por parte del Inversionista siempre que se mantenga la inversión en los Estados Unidos. La extensión puede ser realizada por parte del Servicio de Inmigración de los Estados Unidos o la Embajada Americana en el país de origen.
    – Se recomienda realizar la aplicación a la Visa en el consulado, el tiempo para el procesamiento puede variar de 2 días a varios meses dependiendo de la complejidad de la aplicación y la disponibilidad de citas por parte de la Sección Consular.
    – La Visa E-2 permite al beneficiario estar activamente empleado en la compañía en los Estados Unidos. Puede percibir salario y/o recibir dividendos o percibir beneficios similares a los de un trabajador americano.
    La Visa E-2 incluye a esposa(o) e hijos menores de 21 años.
    Esposa(o) acompañante está permitido a trabajar en USA. Los hijos menores no están autorizados a trabajar.
    El periodo de aprobación es de 2 a 5 años dependiendo del país de origen.
  • Listas de Países pertenecientes al Tratado de Inversión (E-2) –
    (Actualizada en abril, 1999):
    – Argentina, Armenia, Australia, Bangladés, Bélgica, Bulgaria, Cameron, Canadá, China (Taiwán), Colombia, Congo, Costa Rica, República Checa, Ecuador, Egipto, Estonia, Etiopia, Finlandia, Francia, Georgia, Alemania, Granada, Honduras, Irán, Irlanda, Italia, Jamaica, Japón, Kazajstán, Corea, Kirguizistán, Letonia, Liberia, Luxemburgo, México, Moldava, Mongolia, Marruecos, Holanda (Países Bajos), Noruega, Omán, Pakistán, Panamá, Paraguay, Filipinas, Polonia, Rumania, Senegal, Eslovaquia, España, Sri Lanka, Surinam, Suecia, Suiza, Tailandia, Togo, Trinidad/Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Reino Unido, Yugoslavia, Zaire

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