Inmigración

Visados de Inversor y Estatus de Inmigración: Compra un negocio a través de AYZ Realtors y solicita un visado de inmigración para vivir en Estados Unidos.

Si eres ciudadano de otro país y estás interesado en hacer negocios o invertir en Estados Unidos, hay varias opciones de visado disponibles.
Una de las más relevantes es el visado de inmigrante inversor EB-5, que permite obtener la tarjeta verde a los ciudadanos extranjeros que cumplan determinados requisitos y realicen inversiones significativas en Estados Unidos.
Anualmente, se autorizan hasta 10.000 visados EB-5 para empresarios que cumplan los requisitos de esta categoría.
Otros visados habituales para actividades de inversión son el Visado de Comerciante por Tratado E-1 y el Visado de Inversor E-2.

Visados EB-5:
Adecuado para empresarios que realicen una inversión comercial con ánimo de lucro en EE.UU., el visado EB-5 exige la creación o conservación de 10 puestos de trabajo permanentes a tiempo completo para trabajadores estadounidenses (excluidos el empresario, su cónyuge y sus hijos) en los dos años siguientes a la entrada del inversor como residente permanente condicional.
Para reunir los requisitos, debes invertir 1.000.000 $ o 500.000 $ en un Área de Empleo Específica (TEA).

Con la inversión, el USCIS puede concederte la residencia permanente condicional.
Si se aprueba tu solicitud, tú y las personas a tu cargo recibiréis la residencia condicional durante dos años.
Debes presentar pruebas documentales de que has realizado la inversión requerida y de que (1) has mantenido 10 puestos de trabajo, (2) has generado 10 nuevos puestos de trabajo o (3) crearás 10 puestos de trabajo en un plazo razonable.

Visados E-1 y E-2:
Los ciudadanos de países con tratados comerciales con EE.UU. que planeen invertir en negocios en Florida o en cualquier otro estado pueden optar a los visados E-1 o E-2.
Los tipos de comercio elegibles incluyen la banca internacional, el turismo, el transporte, las comunicaciones y los seguros.
Tu familia (cónyuge e hijos solteros menores de 21 años) también puede acompañarte con estos visados.

Para tener derecho a un visado E-1 o E-2, debes entrar en EE.UU. con la intención de (1) participar en un comercio sustancial, principalmente entre EE.UU. y el país del tratado, o (2) dirigir las operaciones de una empresa en la que hayas invertido una cantidad significativa de capital.

Visado de comerciante E-1
Para obtener un visado de comerciante E-1, debes ser ciudadano de un país con tratado y empleado clave en una empresa comercial, en la que al menos el 50% de la empresa comercial sea propiedad de nacionales de países con tratado.
El comercio debe ser sustancial y representar la mayor parte del comercio internacional de la empresa.

Con el visado E-1, puedes permanecer en EE.UU. hasta dos años y solicitar prórrogas de dos años más.

Visado de inversor E-2
El visado E-2 está pensado para inversores extranjeros.
La inversión debe ser sustancial y en un negocio de buena fe con intención de obtener beneficios.

El visado de inversor E-2 te permite entrar y trabajar en EE.UU. si (1) has invertido en una empresa estadounidense legítima; (2) posees menos del 50% o tienes el control operativo de la empresa; y (3) entras en el país únicamente para desarrollar y dirigir la inversión.
Este visado puede renovarse indefinidamente cada dos años.

En los nuevos negocios, la inversión debe ser lo suficientemente grande como para garantizar la viabilidad del negocio.
Aunque 200.000 $ pueden ser sustanciales en algunos casos, pueden no ser suficientes en otros, como en la construcción y desarrollo de un centro comercial».

Descargo de responsabilidad: «Esta información se facilita únicamente con fines educativos y no debe interpretarse como asesoramiento jurídico. Las leyes de inmigración son complejas y están sujetas a cambios frecuentes. Para recibir asesoramiento sobre tu situación particular, te recomendamos encarecidamente que consultes con un abogado de inmigración cualificado. Nuestra empresa no se hace responsable de las acciones emprendidas basándose en esta información sin el debido asesoramiento jurídico profesional.»

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